1. Generalidades
1.1. Las siguientes condiciones se aplican a todos los contratos con empresas de todos los niveles comerciales del comercio mayorista y minorista sobre productos de KEEGO Technologies (en adelante, «KEEGO») para su distribución a consumidores finales.

1.2. Al realizar el pedido, el cliente acepta estas condiciones. Todas las entregas y prestaciones se realizarán exclusivamente sobre la base de estas condiciones, salvo que se acuerde expresamente lo contrario por escrito. Por la presente se rechazan expresamente las condiciones contrarias del comprador.

1.3. Estas condiciones se aplicarán a todas las transacciones legales futuras, incluso sin necesidad de volver a incluirlas.

1.4. KEEGO tiene derecho a modificar o completar en cualquier momento las presentes condiciones comerciales, listas de precios y descripciones de servicios. Las modificaciones se comunicarán al cliente por correo postal o electrónico. Si el cliente no se opone por escrito en un plazo de seis semanas tras la recepción de la notificación de modificación, las modificaciones se considerarán aceptadas y serán válidas también para las relaciones contractuales ya existentes.

1.5. Otras condiciones del cliente solo serán vinculantes si se acuerdan por escrito. Por la presente, se rechazan expresamente las referencias del cliente a sus condiciones. Los compromisos y acuerdos verbales solo serán vinculantes una vez confirmados por escrito.

1.6. En caso de utilizar los Incoterms, se aplicará la versión de 2010.

1.7. El cliente solo podrá ceder los derechos derivados del contrato de compraventa con el consentimiento previo por escrito de KEEGO.

2. Pedido
2.1. Las ofertas de KEEGO se entienden como una invitación sin compromiso a celebrar un contrato. El contrato de compraventa solo se perfeccionará cuando KEEGO acepte el pedido del cliente mediante una confirmación por escrito o la ejecución del pedido, o cuando realice acciones para su cumplimiento.

2.2. KEEGO solo está vinculada a las ofertas por escrito. Salvo que se indique un plazo diferente en la oferta, las ofertas de KEEGO tienen una validez de 14 días a partir de la fecha de emisión.

2.3. Las fechas indicadas en las ofertas y confirmaciones de pedido, incluidas las fechas de entrega previstas, solo serán válidas en función de las obligaciones de cooperación acordadas individualmente por el cliente, en particular, pero no exclusivamente, la recepción de los pagos anticipados acordados. Las obligaciones de cooperación también se aplican a los servicios de terceros a los que el cliente recurra para cumplir con sus obligaciones o a los que KEEGO recurra, de acuerdo con el cliente, para prestar servicios adicionales. Los retrasos o los cambios en los requisitos de los productos o en las condiciones del contrato que sean responsabilidad del cliente anularán las fechas mencionadas.

2.4. KEEGO tiene derecho a rescindir el contrato sin indemnizar al cliente si, por causas de fuerza mayor, KEEGO no puede cumplir con lo estipulado en el contrato. Esto no afecta a otros motivos legales de rescisión.

2.5. Queda excluido el derecho de rescisión por parte del cliente debido al deterioro patrimonial de KEEGO tras la celebración del contrato.

2.6. KEEGO tendrá derecho a rescindir el contrato sin estar obligado a indemnizar por daños y perjuicios si existe un informe negativo sobre la solvencia o si se produce un deterioro significativo de la situación económica del cliente, en particular si se producen embargos u otras medidas de ejecución forzosa contra el cliente o si se abre un procedimiento de insolvencia.

3. Características del producto, calidad y muestras
3.1. El alcance de los servicios que KEEGO debe prestar se deriva de la documentación del producto correspondiente, la confirmación del pedido y las presentes condiciones contractuales.

3.2. Las características acordadas del producto se describen exclusivamente en la documentación del producto elaborada por KEEGO y en la confirmación del pedido. Las representaciones en catálogos, páginas web o material publicitario tienen únicamente fines informativos y publicitarios y no constituyen garantía alguna de características concretas.

3.3. Por motivos legales imperativos, en caso de modificaciones de las normas nacionales o internacionales o por motivos técnicos, KEEGO se reserva el derecho a realizar modificaciones en los productos.

3.4. El cliente garantiza que no asegurarás ni promocionarás ningún uso o característica que vaya más allá de los usos o características descritos por KEEGO en la documentación del producto.

3.5. Las características superficiales, como el color, la calidad de la superficie, en particular las marcas de flujo, las estrías y la ausencia de rebabas, y, en su caso, las impresiones, se suministran «tal y como se muestra en la muestra». Salvo que se acuerde expresamente lo contrario, las desviaciones dentro de las tolerancias técnicamente inevitables y/o habituales en el comercio no se considerarán defectos susceptibles de reclamación.

4. Precios y condiciones
4.1. Las condiciones y listas de precios vigentes en el momento del pedido son las determinantes. Los precios anteriores pierden su validez con la introducción de una nueva lista de precios. La introducción de una nueva lista de precios no afecta a los contratos de compra ya celebrados.

4.2. Los precios de venta solo se considerarán fijos si KEEGO los confirma por escrito. Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, los precios de KEEGO se aplicarán desde el almacén de venta alemán, más el IVA al tipo vigente en cada caso.

4.3. Si, tras la celebración del contrato, aumentan en más de un 10 % los costes que no pueden ser influenciados por KEEGO, como por ejemplo los precios de las materias primas, KEEGO podrá aumentar los precios de las entregas con vencimiento posterior a cuatro meses tras la celebración del contrato en función de la fecha de entrega. Lo mismo se aplica a las variaciones en los tipos de cambio.

4.4. La deducción de descuentos solo se permite previo acuerdo por escrito.

5. Entrega, envío, riesgos durante el transporte y transferencia del riesgo
5.1. Salvo que se acuerde lo contrario, la entrega se realizará mediante la puesta a disposición y autorización para la recogida en el almacén de venta en Alemania.

5.2. No se aceptarán embalajes de transporte ni similares; el cliente deberá encargarse de la eliminación de los embalajes por cuenta propia.

5.3. Si, a petición del cliente, KEEGO suministra materiales de embalaje o unidades de embalaje que no se ajustan a los embalajes estándar de KEEGO, KEEGO tendrá derecho a facturar los gastos adicionales que se deriven de ello.

5.4. Los plazos de entrega solo se considerarán fechas límite para la compra comercial fija si KEEGO los ha confirmado expresamente como tales.

5.5. El incumplimiento de las fechas y plazos de entrega por parte de KEEGO solo dará derecho al cliente a hacer valer los derechos que le corresponden si ha concedido a KEEGO un plazo adicional razonable de al menos 15 días hábiles, salvo que la ley lo considere prescindible.

5.6. Si KEEGO se ve impedido de cumplir con sus obligaciones debido a circunstancias imprevistas que no pudieron evitarse a pesar de haber actuado con la diligencia debida, el plazo de entrega se prolongará por el tiempo que dure el impedimento. Esto también se aplicará en caso de conflictos laborales, perturbaciones en el propio proceso operativo, perturbaciones en el proceso operativo de los subproveedores (en la medida en que no sea razonable esperar una adquisición sustitutiva), incluidos los transportistas, perturbaciones debidas a medidas de las autoridades públicas y perturbaciones en las vías de transporte.

5.7. KEEGO tiene derecho a realizar entregas parciales, siempre que ello no suponga una desventaja injustificada para el cliente.

5.8. Si el cliente no acepta o no recibe la mercancía, los servicios parciales o las entregas parciales, incluso después de haber fijado un plazo razonable, KEEGO tendrá derecho a exigir el 20 % del importe del pedido como indemnización por daños y perjuicios. El cliente tendrá derecho a demostrar que no se ha producido ningún daño o que este ha sido menor.

5.9. Si el cliente incurre en mora en la aceptación o incumple culposamente sus obligaciones de cooperación, KEEGO tendrá derecho a exigir una indemnización por los daños y perjuicios sufridos, incluidos los posibles gastos adicionales. Quedan reservados otros derechos. Si se dan las condiciones anteriores, el riesgo de pérdida accidental o deterioro accidental del objeto de compra se transferirá al cliente en el momento en que este incurra en mora en la aceptación o en el pago.

5.10. KEEGO será responsable de los daños ocasionados por un retraso en la entrega no provocado de forma intencionada o por negligencia grave por parte de KEEGO, por cada semana completa de retraso, en el marco de una indemnización por retraso a tanto alzado del 3 % del valor de la entrega, sin superar en ningún caso el 10 % del valor de la entrega.

5.11. Quedan intactos otros derechos y reclamaciones legales del cliente por retraso en la entrega.

5.12. KEEGO tendrá derecho a reclamar una indemnización por daños y perjuicios adecuada por incumplimiento del contrato de suministro por parte del cliente.

6. Pago
6.1. Salvo que se acuerde lo contrario, se emitirá una factura por separado para cada entrega con la fecha de envío. Esto también se aplica a las entregas parciales. Los anticipos pagados se deducirán proporcionalmente de las entregas parciales individuales.

6.2. El importe a pagar deberá abonarse en un plazo de 10 días a partir de la fecha de facturación, salvo que en la confirmación del pedido se indique otro plazo de pago. Para los primeros pedidos, se acuerda un pago por adelantado de al menos el 50 % del valor del pedido.

6.3. Solo se permitirá la deducción de descuentos previo acuerdo por escrito.

6.4. En caso de reclamación justificada por mercancía defectuosa, el cliente solo podrá retener provisionalmente la parte del precio de compra que corresponda al importe facturado de la parte reclamada de la entrega.

6.5. En caso de demora en el pago, intereses de demora atrasados, protesto de cheques o letras de cambio u otro deterioro significativo del patrimonio del cliente tras la celebración del contrato, KEEGO tendrá derecho a realizar entregas adicionales solo contra pago por adelantado, a exigir el pago inmediato de todas las facturas pendientes y a exigir el pago en efectivo o la constitución de una garantía a cambio de la devolución de las letras de cambio aceptadas como pago.

6.6. El cliente incurrirá en mora si se exceden los plazos de pago acordados, incluso sin necesidad de un recordatorio. En caso de demora en el pago, KEEGO tendrá derecho a cobrar intereses de demora por el importe que cobre una entidad de crédito austriaca por los créditos en cuenta corriente, pero como mínimo un 9 % por encima del tipo de interés básico del Banco Central Europeo.

6.7. Por el segundo recordatorio y cada uno de los siguientes, KEEGO cobrará una tasa de 5,00 EUR. Los gastos de las acciones legales correrán a cargo del cliente.

6.8. La compensación de contrademandas solo será admisible en caso de reclamaciones indiscutibles o legalmente establecidas. El cliente solo estará autorizado a ejercer un derecho de retención si su contrademanda se basa en la misma relación contractual.

6.9. El pago del precio de compra deberá realizarse exclusivamente mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada en la factura de KEEGO.

6.10. Las objeciones a las facturas de KEEGO deberán presentarse por escrito a KEEGO. Las facturas se considerarán aceptadas por el cliente si este no las rechaza en un plazo de dos semanas tras su recepción. Para cumplir el plazo, bastará con enviar la objeción a tiempo. Los derechos legales del cliente en caso de objeciones tras la expiración del plazo no se verán afectados por esta disposición.

7. Garantía, responsabilidad por defectos
7.1. Para la calidad contractual de la mercancía, solo serán determinantes los datos que figuran en la documentación del producto elaborada por KEEGO, en la confirmación del pedido y en estas condiciones. La calidad contractual cubre las desviaciones habituales en el comercio y las desviaciones técnicas inevitables, el desgaste inherente a la naturaleza de la mercancía y las desviaciones de la calidad descrita en los folletos o representaciones similares o en las ofertas (forma y color), siempre que se deban a la irregularidad natural de los materiales utilizados. Estas no constituyen un defecto.

7.2. No se aceptarán reclamaciones por defectos en caso de desviaciones de la calidad acordada o de las propiedades garantizadas, ni por daños que se produzcan después de la transferencia del riesgo como consecuencia de un manejo o almacenamiento incorrecto o negligente, un uso excesivo, medios de producción inadecuados o influencias externas que no estén previstas en el contrato. Los trabajos de reparación o las modificaciones requieren el consentimiento expreso de KEEGO.

7.3. Los derechos de garantía y responsabilidad del cliente presuponen que este ha cumplido debidamente con sus obligaciones de inspección y reclamación. El cliente está obligado a inspeccionar y aceptar las mercancías recibidas con el debido cuidado. La inspección para detectar defectos evidentes debe realizarse en un plazo de 3 días laborables tras la recepción de la mercancía en el lugar de destino. La omisión de esta comprobación correrá a cargo del cliente.

7.4. Si se ha acordado una aprobación del producto antes de la entrega de la mercancía o una inspección de la primera muestra, se excluye la reclamación por defectos materiales que el cliente hubiera podido detectar si hubiera realizado la aprobación o la inspección de la primera muestra con la debida diligencia.

7.5. El cliente deberá notificar por escrito los defectos materiales evidentes y las entregas incompletas en un plazo de 3 días hábiles tras la recepción de la mercancía en el lugar de destino, y los defectos materiales ocultos en un plazo de 3 días hábiles tras su descubrimiento.

7.6. Cualquier responsabilidad por defectos materiales quedará excluida en caso de modificaciones en la mercancía.

7.7. Si la mercancía presenta un defecto en el momento de la transferencia del riesgo, KEEGO podrá, en el marco del derecho de cumplimiento posterior, a su elección, reparar o reponer la mercancía en un plazo de 10 días a partir de la recepción de la devolución.

7.8. Si KEEGO no cumple estas obligaciones o no lo hace de conformidad con el contrato en un plazo razonable, el cliente podrá fijar por escrito un último plazo razonable de 14 días para que KEEGO cumpla con sus obligaciones. Una vez transcurrido este plazo sin resultado, el cliente podrá, a su elección, exigir una reducción del precio o rescindir el contrato.

7.9. Las reclamaciones por daños y perjuicios del cliente por mercancía defectuosa se limitarán a los daños previsibles e inevitables. El cliente estará obligado a reducir los posibles daños mediante la inspección oportuna de la mercancía lo antes posible.

7.10. Las reclamaciones de garantía del cliente, siempre que este sea una empresa, prescribirán en un plazo de 12 meses, y en los demás casos según las disposiciones legales. Durante el tiempo que dure la reparación o la nueva entrega, calculado a partir de la recepción de la mercancía reclamada por defectuosa, se considerará suspendido el plazo de prescripción.

7.11. Si una reclamación por defectos es infundada, el cliente reembolsará a KEEGO todos los gastos derivados de la tramitación de la reclamación.

7.12. El cliente no podrá revender a consumidores la mercancía objeto de reclamación por defectos antes de que KEEGO haya realizado una comprobación definitiva y haya dado su consentimiento para su venta a consumidores.

7.13. Se le dará a KEEGO la oportunidad de comprobar el defecto material reclamado. La mercancía reclamada deberá devolverse inmediatamente a KEEGO si así se solicita; KEEGO se hará cargo de los gastos de transporte si la reclamación por defectos es justificada. Si el cliente no cumple con estas obligaciones o realiza modificaciones en la mercancía ya reclamada sin el consentimiento de KEEGO, perderá cualquier derecho de reclamación por defectos materiales.

7.14. Los derechos de recurso del cliente contra KEEGO solo existirán en la medida en que el cliente no haya acordado con su comprador ninguna reclamación por defectos que exceda las reclamaciones legalmente obligatorias.

8. Reserva de propiedad
8.1. KEEGO se reserva la propiedad de la mercancía suministrada hasta el pago completo del precio de compra y de los posibles gastos adicionales.

8.2. En relación con los comerciantes, KEEGO se reserva la propiedad hasta el pago completo de todas las deudas derivadas de la relación comercial.

8.3. En caso de pago excepcional mediante letra de cambio, la reserva de propiedad solo expirará una vez que el beneficiario haya cobrado la letra de cambio.

8.4. En caso de rescisión del contrato por parte de KEEGO (en particular, por demora en el pago por parte del cliente), KEEGO tendrá derecho a recuperar la mercancía reservada. Para ejercer este derecho, KEEGO estará autorizada a acceder a las instalaciones comerciales del cliente en el horario comercial habitual. La rescisión del contrato se considerará efectiva cuando KEEGO reclame la mercancía entregada bajo reserva de propiedad.

8.5. El cliente no podrá pignorar ni ceder como garantía la mercancía reservada. Informará inmediatamente por escrito a KEEGO si terceros pretenden acceder a la mercancía reservada. En tal caso, deberá entregar a KEEGO toda la documentación necesaria para la salvaguarda de los derechos de propiedad de KEEGO, en particular una copia del acta de embargo. El cliente será responsable ante KEEGO de todos los daños y perjuicios que se deriven de dicho acceso por parte de terceros, en particular de todos los gastos judiciales y extrajudiciales de una demanda de oposición a la ejecución, en la medida en que el tercero no pueda compensar dichos gastos.

8.6. El cliente almacenará y gestionará la mercancía vendida de forma que pueda identificarse por separado, la conservará con el cuidado de un buen comerciante y la asegurará contra daños causados por incendio, agua o granizo. Por la presente, el cliente cede a KEEGO cualquier posible derecho de reclamación al seguro. KEEGO acepta por la presente dicha cesión.

8.7. El cliente podrá revender la mercancía reservada, salvo que se encuentre en mora. En el caso de las mercancías revendidas, cederá desde este momento a KEEGO todas las deudas (incluido el IVA) que se deriven de su relación contractual con su comprador o con terceros. KEEGO acepta por la presente la cesión.

8.8. El derecho del cliente a revender y utilizar la mercancía reservada y la facultad de cobro expirarán en caso de suspensión de pagos, medidas de ejecución sobre la mercancía reservada o sus sustitutos, solicitud o apertura de un procedimiento de insolvencia o en caso de protesto de un cheque o letra de cambio.

8.9. Si el valor de las garantías supera en más de un 20 % la deuda que debe saldar el cliente, KEEGO liberará las garantías excedentes a petición del cliente.

8.10. El cliente deberá tratar con cuidado la mercancía reservada.

9. Limitaciones de responsabilidad
9.1. Las siguientes limitaciones de responsabilidad se refieren a la responsabilidad derivada de cualquier fundamento jurídico contractual y extracontractual, incluidas las garantías. Las disposiciones legales relativas a la carga de la prueba no se ven afectadas por ello.

9.2. En caso de daños causados por negligencia leve debido a productos defectuosos, la responsabilidad del vendedor se limita, en cuanto a la causa y la cuantía, a las prestaciones de su seguro de responsabilidad civil por productos defectuosos. Esta limitación de responsabilidad no se aplica en caso de dolo o negligencia grave, por lesiones culposas a la vida, la integridad física o la salud, o por ocultación dolosa de un defecto. En caso de incumplimientos contractuales graves, los daños previsibles y típicos del contrato estarán incluidos en el importe máximo.

9.3. En la medida en que los productos defectuosos den lugar a una retirada del mercado, la responsabilidad por los gastos derivados de ello se limitará, en cuanto a su motivo y cuantía, a las prestaciones de su seguro de retirada de productos. Por lo demás, estos gastos solo serán reembolsables si KEEGO ha sido informado de la medida de retirada y se le ha dado la oportunidad de participar en ella en un plazo razonable.

9.4. Las obligaciones contractuales esenciales son aquellas cuyo cumplimiento es imprescindible para la correcta ejecución del contrato y en cuyo cumplimiento puede confiar regularmente la otra parte contratante.

9.5. En caso de lesiones que no sean debidas a defectos del producto, KEEGO no se hace responsable de la negligencia leve, salvo en caso de lesiones mortales, físicas o para la salud, o por incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales.

9.6. En caso de demora, la responsabilidad de KEEGO se limitará al 0,5 % del valor del pedido por semana, con un máximo total del 10 %. Además, las reclamaciones de indemnización se limitarán a la compensación de los costes adicionales demostrados (compra de cobertura basada en tres ofertas comparativas).

9.7. KEEGO no se hace responsable de los incumplimientos contractuales o los daños debidos a causas de fuerza mayor. Las partes contratantes reconocen como causas de fuerza mayor, en particular: perturbaciones del tráfico, medidas oficiales, influencias meteorológicas, indisponibilidad de materias primas, conflictos laborales, perturbaciones en el propio proceso operativo, perturbaciones en el proceso operativo de los transportistas y subcontratistas (en la medida en que no sea razonable esperar una adquisición sustitutiva).

9.8. Las reclamaciones de los empresarios prescriben en el plazo de un año. El plazo de prescripción no se aplica a los daños causados por dolo o negligencia grave por parte de KEEGO, ni a los daños que afecten a la vida, la integridad física o la salud.

9.9. KEEGO no se hace responsable de los defectos materiales causados por un uso inadecuado o incorrecto o por un montaje defectuoso por parte del cliente o de terceros, ni de las consecuencias de modificaciones o trabajos de reparación realizados de forma inadecuada y sin el consentimiento expreso por escrito de KEEGO por parte del cliente o de terceros. Lo mismo se aplica a los defectos materiales que solo reducen de forma insignificante el valor o la idoneidad de la mercancía.

9.10. KEEGO no se hace responsable de los daños que tú hayas contribuido a causar o que hubieras podido evitar cumpliendo con tus obligaciones contractuales de cooperación u obligaciones, en particular, informando adecuadamente al consumidor y tomando las medidas de seguridad razonables. En caso de duda, tú deberás aportar las pruebas correspondientes del cumplimiento de estas obligaciones.

9.11. KEEGO excluye cualquier responsabilidad y indemnización por daños y perjuicios debidos a embargos y/o sanciones nacionales e internacionales, por ejemplo, prohibiciones de cumplimiento.

9.12. La responsabilidad de KEEGO se limita, en la medida en que lo permita la ley, al valor de los productos suministrados por KEEGO.

9.13. En la medida en que se excluya o limite la responsabilidad de KEEGO, esto también se aplicará a la responsabilidad personal de los empleados, trabajadores, colaboradores, representantes legales y auxiliares ejecutivos de KEEGO.

10. Daños en los productos y retirada del mercado
10.1. Las partes contratantes se informarán mutuamente por adelantado, en la medida de lo posible y razonable, sobre el contenido y el alcance de las posibles medidas de retirada del mercado y se darán la oportunidad de expresar su opinión al respecto.

10.2. KEEGO solo será responsable de la retirada de productos cuya retirada haya sido ordenada por KEEGO o por las autoridades competentes sobre la base de la legislación vigente con el fin de prevenir riesgos para la salud.

10.3. El apartado 9, punto 2, no se ve afectado.

11. Protección de modelos, protección de la propiedad intelectual
11.1. El cliente se compromete a no fabricar ni encargar la fabricación de artículos del programa de suministro de KEEGO, ni a distribuirlos.

11.2. En caso de infracción, KEEGO tendrá derecho a una penalización contractual. El importe de la reclamación ascenderá al 100 % del precio del artículo correspondiente de KEEGO por cada pieza copiada; se aplicará la lista de precios de KEEGO vigente en el momento de la infracción o, si no existe una lista de precios, el precio de venta a otros clientes. Esto no afecta al derecho de KEEGO a reclamar una indemnización por daños y perjuicios.

12. Disposiciones accesorias
12.1. Los contratos y las futuras modificaciones y adiciones deberán realizarse por escrito.

12.2. Las declaraciones y notificaciones legalmente relevantes que el cliente deba realizar a KEEGO o a un tercero deberán hacerse por escrito.

12.3. El contrato refleja íntegramente todos los acuerdos entre las partes contratantes. Por el momento no se han celebrado acuerdos adicionales al contrato.

12.4. Los títulos solo sirven para orientar y no determinan de forma concluyente el texto que aparece debajo de ellos.

12.5. El hecho de que KEEGO no haga valer tus derechos no implica una renuncia a los mismos.

13. Jurisdicción competente
13.1. La jurisdicción competente exclusiva para todos los litigios es Viena.

13.2. KEEGO tendrá derecho a interponer una demanda contra el cliente también en tu país de origen o en cualquier lugar en el que poseas propiedades o activos.

14. Transacciones en el extranjero
14.1. Para las transacciones con clientes cuyo domicilio social se encuentre fuera de Austria, se aplicarán además las siguientes condiciones:

14.2. Todas las transacciones, incluidos los instrumentos de pago y las transacciones de pago, están sujetas a la legislación austriaca, incluida la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).

14.3. Si el contrato se redacta en varios idiomas, prevalecerá la versión alemana.

14.4. Se aplica el calendario gregoriano.

14.5. Se aplicará la hora local en la sede de KEEGO, teniendo en cuenta el horario de verano y el horario de invierno.

14.6. Salvo que se acuerde lo contrario, el pago se realizará en euros (EUR). Las variaciones en los tipos de cambio no afectarán al precio de compra ni a las demás obligaciones de pago establecidas en el contrato de compraventa.

14.7. Los aranceles, tasas, gravámenes y posibles impuestos derivados de la ejecución de los contratos de compraventa y las entregas correrán a cargo del cliente.

15. Ineficacia, lagunas contractuales
15.1. Si alguna de las disposiciones actuales o futuras de este contrato fuera total o parcialmente ineficaz o inaplicable, o perdiera su eficacia o aplicabilidad posteriormente, ello no afectará a la validez del resto de disposiciones del contrato. Lo mismo se aplicará en caso de que se detectaran lagunas en este contrato.

15.2. En lugar de la disposición ineficaz o inaplicable, o para llenar el vacío, se aplicará una disposición adecuada que las partes hubieran acordado si hubieran considerado el punto al celebrar el contrato. Esto también se aplicará si la ineficacia de una disposición se basa, por ejemplo, en una medida de rendimiento o tiempo (plazo, fecha) especificada en este contrato; en tales casos, la disposición será sustituida por una medida de rendimiento o tiempo (plazo, fecha) legalmente admisible que se acerque lo más posible a la intención original.

15.3. Si la validez de una disposición en el sentido descrito anteriormente solo puede lograrse mediante un acuerdo que cumpla con requisitos formales especiales, las partes estarán obligadas a realizar las acciones necesarias y a emitir las declaraciones correspondientes.

Viena, octubre de 2025